Artículo 213 Undecies del Código Penal de Morelos
Libro segundo · Parte especial. Delitos contra el individuo · Título décimo segundo bis. Delitos de violencia contra la mujer en razón de género · Capítulo V. Omisión de investigación e impartición de justicia con perspectiva de género
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
A la persona responsable del delito de omisión de investigación e impartición de justicia con perspectiva de género, se le impondrá de dos a seis años de prisión y multa de treinta a ciento cincuenta veces el importe del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito.