Artículo 254 del Código Penal de Morelos
Libro segundo · Parte especial. Delitos contra el individuo · Título décimo octavo. Delitos contra el respeto a los muertos, y violación de las leyes sobre inhumación y exhumación de cadaveres · Capítulo único
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
Al que profane un cadáver con actos de necrofilia, se le aplicarán de tres meses a dos años de prisión. Si dichos actos consisten en la realización de la cópula, la pena será de cinco a diez años de prisión.