Artículo 7 del Código Penal de Morelos
Libro primero · Parte general · Título primero. Garantías penales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
Sólo podrá sancionarse a los responsables de un delito por sentencia de tribunal competente, previamente establecido, y mediante procedimiento en el que se cumplan las formalidades esenciales que la ley previene.