CPNAY · Art. 310

Artículo 310 del Código Penal de Nayarit

Libro segundo. De los delitos en particular · Título décimo cuarto. Delitos contra el orden de la familia · Capítulo VI. Abandono de familiares

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026

Si del abandono resultare algún daño ya sea muerte, lesiones o cualquier otro, se aplicarán las sanciones que correspondan atendiendo las reglas del concurso.

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Última reforma
(Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit)
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Transitorios (48 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 310, Código Penal de Nayarit (Nayarit). Texto vigente, última reforma 6 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-310/

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