Artículo 54 del Código Penal de Nayarit
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Sanciones y medidas de seguridad · Capítulo IV. Semilibertad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
La semilibertad implica la alteración de períodos breves de reclusión y de libertad bajo tratamiento.
La excarcelación se aplicará, según las circunstancias del caso, durante la jornada de trabajo, con reclusión nocturna; por toda la semana laborable, con reclusión de fin de semana; o en el curso de ésta con reclusión durante la semana laborable.