Artículo 65 del Código Penal de Nayarit
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Sanciones y medidas de seguridad · Capítulo VII. Reparación del daño
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
La reparación será fijada por los jueces, de acuerdo a las pruebas obtenidas en el proceso, atendiendo al daño causado y a la afectación del desarrollo integral de la víctima u ofendido.