CPNL · Art. 227

Artículo 227 del Código Penal de Nuevo León

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TITULO NOVENO. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL · CAPITULO I. RESPONSABILIDAD MEDICA, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 15 de junio de 2026

LOS MEDICOS, CIRUJANOS Y DEMAS PROFESIONALES SIMILARES Y AUXILIARES, SERAN PENALMENTE RESPONSABLES EN LA PRACTICA DE LA PROFESION, EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:

I.- ADEMAS DE LAS SANCIONES FIJADAS PARA LOS DELITOS QUE RESULTEN CONSUMADOS, SEGUN SEAN DOLOSOS O CULPOSOS, SE LES APLICARA SUSPENSION DE UN MES A DOS AÑOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESION, O DEFINITIVA EN CASO DE REINCIDENCIA; Y

II.- ESTARAN OBLIGADOS A LA REPARACION DEL DAÑO POR SUS ACTOS PROPIOS Y POR LOS DE SUS AYUDANTES, ENFERMEROS, O PRACTICANTES, CUANDO ESTOS OBREN DE ACUERDO CON LAS INSTRUCCIONES DE AQUELLOS O CUANDO RESULTE UN DAÑO OCASIONADO CON MOTIVO DE UN DIAGNOSTICO EVIDENTEMENTE INAPROPIADO AL PADECIMIENTO, DEBIENDOSE COMPRENDER LOS GASTOS MEDICOS Y FUNERARIOS EN SU CASO, QUE RESULTEN EN LA COMISION DE ESTE DELITO.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
440f28ca7515…
Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Nuevo León)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • hcnl.gob.mx no responde desde este host (timeout). Archivo obtenido de la copia Wayback de la misma URL oficial (https://web.archive.org/web/20261007075212id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15), capturada con Save Page Now el 20261007; la página oficial capturada el mismo día (https://web.archive.org/web/20261007075304id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/) declara 'Última Reforma: 15 de Junio 2026'. La vigencia también se confirmó leyendo la página oficial en vivo vía r.jina.ai el 2026-10-07.
  • Transitorios: 211 bloques con texto; 12 encabezados de decreto sin texto transitorio en la fuente (p. ej. fe de erratas) no se incluyen como bloque.
  • conteo_indice usa pdftotext (extractor distinto) pero comparte la expresión regular de rótulos con el parser; no hay índice publicado en la fuente.
  • Art. 452: la fuente abre el artículo con comillas (“ARTÍCULO 452.- …”); el rótulo y la comilla de apertura se omiten en el texto y se conserva la de cierre. La nota *N. de E. sobre la invalidez (AI 188/2020) va en la nota del artículo.
  • Párrafos derogados que la fuente marca solo con una nota (p. ej. '(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. …)') quedan en la nota del artículo, no en el texto.

Transitorios (211 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 227, Código Penal de Nuevo León (Nuevo León). Texto vigente, última reforma 15 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-227/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.