Artículo 1056 del Código Civil de Oaxaca
Libro segundo. De los bienes · Titulo quinto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capitulo V. Del uso y de la habitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El que tiene derecho de uso sobre un ganado, puede aprovecharse de las crías, leche y lana en cuanto basten para su consumo y el de su familia.