Artículo 1811 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte Primera.. De las obligaciones en general · Titulo segundo. Modalidades de las obligaciones · Capitulo I. De las obligaciones condicionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Cumplida la condición se retrotrae al tiempo en que la obligación fué formada, a menos que los efectos de la obligación o su resolución, por la voluntad de las partes o por la naturaleza del acto, deban ser referidas a fecha diferente.