Artículo 24 del Código Civil de Oaxaca
Libro primero. De las personas · Titulo primero. De las personas físicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Las personas de ambos sexos que no han cumplido dieciocho años, son menores de edad, la mayor edad comienza a los dieciocho años.