Artículo 2485 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimo. Del contrato de prestación de servicios · Capitulo I. Del servicio doméstico, del servicio por jornal, del servicio a precio alzado en el que el operario sólo pone su trabajo y del contrato de aprendizaje
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El servicio doméstico, el servicio por jornal, el servicio a precio alzado en que el operario sólo pone su trabajo y el contrato de aprendizaje se regirán por la Ley Reglamentaria del párrafo primero del artículo 123 de la Constitución Federal.