Artículo 2918 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Tercera parte · Titulo segundo. Del Instituto de la Función Registral · Capitulo VI. De la extinción de las inscripciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
La cancelación de las inscripciones de hipotecas constituídas en garantía de títulos trasmisibles por endoso, puede hacerse:
I.Presentándose la escritura otorgada por los que hayan cobrado los créditos, en la cual debe constar haberse inutilizado en el acto de su otorgamiento los títulos endosables;
II.Por solicitud firmada por dichos interesados y por el deudor, a la cual se acompañen inutilizados los referidos títulos;
III.Por ofrecimiento de pago y consignación del importe de los títulos, hechos de acuerdo con las disposiciones relativas.