Artículo 167 del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Titulo tercero.. Delitos en materia de vías de comunicación y correspondencia. · Capitulo i.. Ataques a las vías de comunicación.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Se llaman caminos públicos las vías de Tránsito habitual, destinadas al uso público, sea quien fuere el propietario, o cualquiera que sea el medio de locomoción que se permita y las dimensiones que tuviere; excluyendo los tramos que se hallen dentro de los límites de las poblaciones.