Artículo 226 del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Titulo decimo.. Falsedad. · Capitulo ii.. Falsificación de documentos en general.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
La falsificación de documentos públicos o privados se sancionará con prisión de seis meses a tres años y multa de quince a treinta días multa.