CCPUE · Art. 163

Artículo 163 del Código Civil de Puebla

Libro primero. Personas · Capítulo III. Ausentes e ignorados en caso de ausencia · Sección sexta. Efectos de la ausencia respecto de los derechos eventuales del ausente

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025

Lo resuelto en los dos Artículos anteriores, debe entenderse sin perjuicio de las acciones de petición de herencia y de otros derechos que podrán ejercitar el ausente, sus representantes, acreedores o legatarios, y que no se extinguirán sino por el tiempo fijado para la usucapión y la prescripción.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Puebla)
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Cómo citar

Artículo 163, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-163/

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