Artículo 2216 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo IV. Donación · Sección tercera. Rescisión, revocación o reducción de donaciones. rescisión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Puede el donatario sustraerse a la ejecución de las cargas que se le imponen, renunciando a la donación y devolviendo el bien donado o abandonando éste a la persona en cuyo favor se establecieron las cargas.