Artículo 2220 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo IV. Donación · Sección tercera. Rescisión, revocación o reducción de donaciones. rescisión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando los bienes donados no puedan ser restituidos en especie, el valor exigible será el que tenían aquéllos al tiempo de la donación.