Artículo 2622 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XVI. Censo enfiteutico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El contrato de enfiteusis se hará constar en escritura pública y en él se estipulará:
I.El monto de la pensión que el enfiteuta debe pagar al dueño;
II.Si la pensión se pagará en dinero o en frutos;
III.Si la pensión se pagará cada año en una o varias exhibiciones;
IV.EL número de pensiones que sea necesario que el enfiteuta deje de pagar, para incurrir en mora y proceda la rescisión del contrato:
V.El lugar de pago de la pensión;
VI.El plazo para la devolución del predio.