Artículo 3187 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo VII. Legados · Sección cuarta. Legado de bien indeterminado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si el testador concedió expresamente la elección al legatario, éste podrá, si hubiere varios bienes del género determinado, escoger el mejor; pero si no los hay, sólo podrá exigir uno de mediana calidad o el precio que corresponda a éste.