Artículo 3220 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo VII. Legados · Sección décima quinta. Legados alternativos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si quien tiene derecho a elegir no puede hacerlo, la elección la harán el representante o los herederos de aquél.