Artículo 3293 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo X. Forma de los testamentos · Sección tercera. Testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Corregida la irregularidad, o si no se encontró ninguna, el Notario en presencia de los testigos y del testador, pondrá su sello y firmará en el pliego, certificará que es el que le presentó el testador, lo cerrará y sellará la cubierta del mismo.