Artículo 1006 del Código Civil de Coahuila
Libro tercero. Del derecho hereditario · Título tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo III. Del testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Corregida la irregularidad, o si no se encontró ninguna, el notario, en presencia de los testigos y del testador, pondrá su sello y firmará en el pliego, lo cerrará y sellará la cubierta del mismo.