Artículo 849 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo XIII. Actas del estado civil · Sección primera. Disposiciones generales sobre las actas del estado civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Las copias de las actas y los extractos de las mismas, certificadas mediante firma autógrafa, haran plena fe en juicio y fuera de él.