Artículo 3 del Código Penal de Puebla
Libro primero disposiciones generales · Capítulo primero. Aplicación de la ley penal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Los delitos continuados y los permanentes se perseguirán con arreglo a las leyes del Estado de Puebla, cuando un momento cualquiera de la ejecución de aquellos delitos, se realice dentro del territorio de este Estado.