Artículo 1303 del Código Civil de Querétaro
Libro Tercero. De las sucesiones · Título Segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo Séptimo. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
El importe de las contribuciones correspondientes al legado, se deducirá del valor de éste, a no ser que el testador disponga otra cosa.