Artículo 2311 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Segunda Parte. De las diversas especies de contratos · Título Sexto. Del arrendamiento · Capítulo Segundo. De los derechos y obligaciones del arrendador
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
En el caso del artículo anterior, si el inquilino hubiere desocupado el predio, tendrá preferencia para que en su favor se otorgue un nuevo contrato de arrendamiento, con alza en el importe de la renta en proporción al incremento del valor del inmueble obtenido con la reparación, pero si hubiere soportado las molestias de la construcción el alza no podrá ser mayor del cincuenta por ciento, siempre que el inquilino hubiere pagado íntegramente la renta pactada.