Artículo 109 del Código Penal de Querétaro
Libro primero · Título quinto. Extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad · Capítulo VIII. Rehabilitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026
La rehabilitación tiene por objeto reintegrar al sentenciado en el goce de los derechos de cuyo ejercicio se le hubiere suspendido, privado o inhabilitado en los términos señalados por las disposiciones jurídicas aplicables. (Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)