Artículo 31 del Código Penal de Querétaro
Libro primero · Título tercero. Penas y medidas de seguridad · Subtítulo primero. De las penas · Capítulo III. Tratamiento en libertad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026
El tratamiento en libertad de imputables, es una medida sustitutiva de prisión fijada por el juez de la causa, consistente en la aplicación de medidas laborales, educativas y curativas, autorizadas por la ley y conducentes a la reinserción social del sentenciado, bajo la orientación y cuidado de la autoridad ejecutora. (Ref. P. O. No. 34, 17-VI-11)
El juez cuidará que la medida no exceda del tiempo correspondiente a la pena de prisión sustituida e informará al Ejecutivo para que proceda a su cumplimiento. (Ref. P. O. No. 77, 17-XI-06)