Artículo 1261 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título segundo. De la Sucesión por Testamento · Capítulo tercero. De la Capacidad para Heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Será válida no obstante la disposición hecha en favor de los hijos que nacieren de ciertas y determinadas personas, durante la vida del testador, aunque en el momento de hacer el testamento no estén concebidos o no hayan nacido.