Artículo 1218 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo III. De la capacidad para heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Será válida la disposición hecha a favor de los hijos que nacieren de ciertas y determinas personas durante la vida del testador, aunque en el momento de hacer el testamento no estén concebidos o no hayan nacido.