Artículo 1475 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título tercero. De la forma de los Testamentos · Capítulo tercero. Testamento Público Cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Si no se obtiene la comparecencia del notario, de la mayor parte de los testigos o de ninguno de ellos, el Juez lo hará consta así por información testimonial, como también la legitimidad de las firmas y que en la fecha del testamento se encontraban aquéllos en el lugar en que éste se otorgó; pero en todo caso, los que comparecieran reconocerán sus firmas.