Artículo 2734 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título séptimo. Del Arrendamiento · Capítulo noveno. Del Alquiler de los Medios de Transporte
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Si el medio de transporte se inutiliza o concretamente la cabalgadura muere o se enferma durante el alquiler, la pérdida será de cuenta del alquilador, si no prueba que el daño sobrevino por culpa del otro contratante.