Artículo 3050 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título vigésimo. De la prenda · Capítulo tercero. De la venta del bien pignorado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El deudor puede convenir con el acreedor en que éste se quede con la prenda en el precio que se le fije por convenio o por peritos al vencimiento de la deuda, pero no al tiempo de celebrarse el contrato. Este convenio no puede perjudicar los derechos de tercero, ni es válido el que se pacte al celebrar el contrato de prenda.