Artículo 372 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero · Parte general. De los Hechos, Actos y Negocios Jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo décimo. De la Rescisión de los Negocios Jurídicos · Sección primera. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Para la devolución recíproca de las prestaciones en la rescisión, se estará a lo que para la nulidad se dispone al respecto en el capítulo siguiente.