Artículo 737 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título primero. Del Matrimonio · Capítulo cuarto. De los efectos del matrimonio con relación a los bienes de quienes lo contraen · Sección segunda. De la Comunidad de Bienes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Son bienes propios también los que durante el matrimonio adquiera cada cónyuge por donación, fortuna, herencia o legado constituido a favor de uno solo de ellos; pero si la donación es onerosa, las cargas serán por cuenta exclusiva del donatario.
Artículo reformado POE 10-12-2010