Artículo 175 del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos Contra el Orden de la Familia · Capitulo VI. Matrimonio Ilegal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Al que fuera del caso de bigamia contraiga matrimonio con conocimiento de la existencia de un impedimento dirimente, se le impondrá prisión de seis meses a dos años y de veinte a cien días multa. Las mismas penas se aplicarán al que autorice la celebración del matrimonio si conocía el impedimento.
Artículo reformado POE 25-05-2022