Artículo 205 del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos Contra la Seguridad Interior del Estado · Capitulo VII. Disposiciones Comunes para los Delitos de este Título
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Se considerarán delitos de carácter político, los de sedición, motín y rebelión, así como los demás que se realicen con móviles políticos para alterar la vida institucional del Estado.
Además de las penas señaladas para los delitos previstos en este título, se impondrá a los responsables, si son mexicanos, privación o suspensión de sus derechos políticos hasta por diez años, a juicio del juzgador, que se computará a partir del cumplimiento de la pena de prisión.