Artículo 41 del Código Penal de Quintana Roo
Libro primero · Titulo tercero. Penas y Medidas de Seguridad · Capitulo X. Publicación de Sentencia Condenatoria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
La publicación de la sentencia condenatoria consiste en la inserción total o parcial de ella en uno de los periódicos de mayor circulación en la localidad en que se cometió el delito.
La publicación se hará a costa del delincuente. Si ésto no es posible y lo solicite la víctima o el ofendido, se hará a costa de éste.
Párrafo reformado POE 30-11-2010