CPQROO · Art. 97

Artículo 97 del Código Penal de Quintana Roo

Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos Contra la Vida y la Salud Personal · Capitulo III. Aborto

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026

El aborto no será punible:

I.Cuando sea resultado de una conducta culposa de la mujer o persona gestante;

Fracción reformada POE 28-10-2022, 09-10-2024

II.Cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida en términos del artículo 113-BIS de este Código;

Fracción derogada POE 28-10-2022. Reformada POE 09-10-2024

III.Cuando a juicio de un médico o una médica exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves, o

Fracción reformada POE 28-10-2022

IV.Cuando a juicio del médico o la médica que la asista, de no interrumpirse el embarazo, la mujer o persona gestante, se encuentre en peligro de muerte o en riesgo de una afectación a su salud.

Fracción reformada POE 28-10-2022, 09-10-2024

En los casos contemplados en las fracciones II, III y IV las personas médicas tendrán la obligación de proporcionar a la mujer o persona gestante, información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos de los mismos; así como de los apoyos y alternativas existentes, para que la mujer o persona gestante pueda tomar la decisión de manera libre e informada.

Párrafo adicionado POE 09-10-2024

Leer de corridodentro de Libro segundo

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
ad61830b175c…
Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.
  • 1 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '176.-') se leen como uno.
  • 5 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.
  • 4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).
  • Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.
  • Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (118 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 97, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-97/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.