Artículo 274 del Código Penal de San Luis Potosí
Parte especial · Título décimo segundo. Delitos contra la autoridad, e instituciones de auxilio · Capítulo II. Resistencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Comete el delito de resistencia quien, empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se opone a que la autoridad o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o se niega al cumplimiento de un mandato dictado con las formalidades legales.
(REFORMADO P.O. 19 JULIO DE 2017)
Este delito se sancionará con una pena de seis meses a tres años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización.