Artículo 2389 del Código Civil de Sinaloa
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título VII. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
Si la cosa se deteriora por el solo efecto del uso para el que fue prestada, y sin culpa del comodatario, no es éste responsable del deterioro.