Artículo 2804 del Código Civil de Sinaloa
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título XV. De la hipoteca de la hipoteca en general · Capítulo II. De la hipoteca voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
Cuando se contraiga la obligación futura o se cumplan las condiciones de que tratan los dos artículos anteriores, deberán los interesados pedir que se haga constar así, por medio de una nota al margen de la inscripción hipotecaria; sin este requisito no podrá aprovechar ni perjudicar a tercero la hipoteca constituida.