Libro primero · Título IV Capítulo XI. DE LA RECTIFICACIÓN DE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL (Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)
Artículo 134Derogado
(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)
ART. 134. Al ART. 138.
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Artículo 135Derogado
(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)
ART. 134. Al ART. 138.
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Artículo 136Derogado
(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)
ART. 134. Al ART. 138.
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Artículo 137Derogado
(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)
ART. 134. Al ART. 138.
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Artículo 138Derogado
(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)
ART. 134. Al ART. 138.
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