Artículo 296 del Código Penal de Sinaloa
Libro segundo · Parte especial · Sección cuarta. Delitos contra el estado · Título segundo. Delitos contra el servicio público cometidos por los servidores públicos · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
Para los efectos de este Código, servidor público es toda persona que desempeñe algún empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública del Estado o sus municipios, centralizada, paraestatal o paramunicipal, o en los Poderes Legislativo y Judicial del Estado de Sinaloa y todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos económicos del Estado o de los ayuntamientos.