Artículo 297 del Código Penal de Sinaloa
Libro segundo · Parte especial · Sección cuarta. Delitos contra el estado · Título segundo. Delitos contra el servicio público cometidos por los servidores públicos · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
Los servidores públicos que cometan alguno de los delitos previstos en el presente Título, serán sancionados con las penas de prisión y multa que para cada caso se señalan y privación del cargo e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública, hasta por el doble del tiempo de la pena corporal que corresponda al delito cometido.