Artículo 1560 del Código Civil de Sonora
Libro cuarto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo IX. De la inexistencia, nulidad, revocación y caducidad de los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
La nulidad que afecta a los testamentos o a determinadas disposiciones en particular, puede ser absoluta o relativa.
Será absoluta la nulidad del testamento, cuando este en su integridad o en una determinada disposición, sea contrario a las leyes de orden público, sean prohibitivas o imperativas o a las buenas costumbres.