Artículo 1910 del Código Civil de Sonora
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo preliminar. Disposiciones generales · Capitulo I. Clasificación de las fuentes de las obligaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Para los efectos de este Código, enunciativamente se consideran como hechos jurídicos simplemente naturales que son fuentes de obligaciones, la mezcla, la confusión e incorporación de cosas operada casualmente y que se reglamentan en los artículos 1091, 1101 y demás relativos que rigen la accesión natural que se produce sin la intervención del hombre, respecto de bienes muebles.