Artículo 1922 del Código Civil de Sonora
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo preliminar. Disposiciones generales · Capitulo I. Clasificación de las fuentes de las obligaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
La adquisición hecha por un tercero, en perjuicio de acreedores, en forma gratuita y de buena fe, obliga a dicho tercero a restituir el bien o derecho adquirido, conforme a las reglas establecidas en el Capítulo relativo a los actos celebrados en fraude de acreedores. En este caso, la obligación de restituir por parte del tercero tiene como fuente el acto jurídico gratuito y de buena fe, de carácter lícito, ejecutado por el deudor en perjuicio de sus acreedores.