Artículo 2177 del Código Civil de Sonora
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo segundo. Modalidades y complejidad de las obligaciones · Capitulo IV. De las obligaciones mancomunadas
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Si el negocio por el cual la deuda se contrajo solidariamente, no interesa mas que a uno de los deudores solidarios, éste será responsable de toda ella a los otros codeudores.