Artículo 3357 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo decimosexto. De la anticresis
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Si el acreedor hubiere conservado en su poder la cosa dada en anticresis mas de diez años agrícolas, sin rendir cuentas, se presumirán pagados el capital e intereses, salvo prueba en contrario.